Educación Antidopaje

En el CARD del Polo Deportivo Kempes se encuentra el Servicio de Educación Antidopaje, el cual tiene como objetivo principal la educación en la prevención de dopaje de los deportistas y del personal de apoyo (entrenadores, personal de salud, familiares).

La función principal de la Agencia Mundial Antidopaje (WADA-AMA) es desarrollar, armonizar y coordinar las normas y políticas antidopaje en todos los deportes y países.

En nuestro país la Comisión Nacional Antidopaje (CNAD)  es la principal responsable de la adopción y la puesta en práctica de las normas antidopaje, de la toma de muestras y gestión de resultados en Argentina

¿QUE ES EL DOPAJE?

El dopaje se define como la comisión de una o varias infracciones de las normas antidopaje según lo dispuesto en el Código Mundial Antidopaje de la Agencia Mundial Antidopaje

1) Presencia de una sustancia prohibida en la muestra del deportista
2) Uso o intento de uso de una sustancia o método prohibido por un deportista
3) Evitar, rechazar o incumplir la obligación de someterse a un control de dopaje
4) Incumplir con la información de localización del deportista
5) Manipulación de cualquier parte del proceso de dopaje
6) Posesión de una sustancia o método prohibido
7) Tráfico de cualquier sustancia o método prohibido
8) Administración de sustancias dentro y fuera de competición
9) Complicidad para ayudar a cometer una infracción de las
normas antidopaje
10) Asociación de un deportista con cualquier persona de apoyo en periodo de suspensión
11) Actos de un deportista u otra persona para disuadir o tomar represalias contra la denuncia a las autoridades

JUEGO LIMPIO

PRINCIPIO DE RESPONSABILIDAD OBJETIVA
Como deportista, sos responsable de cualquier sustancia que se encuentre en tu cuerpo, independientemente de cómo haya llegado a vos dicha sustancia y de si hubo intencionalidad o no.
No saber no es una excusa, por eso es importante que sepas qué sustancias o métodos están prohibidos, tanto dentro como fuera de competición.

Proceso de toma de muestras

Es importante que al momento de realizar el control los deportistas conozcan el procedimiento, sus derechos y responsabilidades. Las muestras solicitadas pueden ser de orina, sangre o ambos.

¿Cómo se seleccionan los deportistas para el control?

Si el control se realiza en competencia el deportista puede ser elegido por una selección aleatoria (sorteo), por su posición al finalizar la competencia (podio) o por otro motivo.
Si está fuera de competencia, la selección puede ser por pertenecer a un Grupo Registrado de Control u otros motivos.
A tener en cuenta: Si el deportista es menor de edad o es un atleta con una discapacidad específica, existen adaptaciones manteniendo el mismo procedimiento de toma de la muestra.

Los 11 pasos del control de dopaje

  1. Selección de deportistas El deportista puede ser seleccionado para el control de dopaje en cualquier momento y lugar.
  2. Notificación. El Oficial Notificador o el OCD a cargo del control lo notificará de la selección y le informará los derechos y obligaciones.
  3. Llegada a la Estación de control de dopaje (ECD). Deberá presentarse en la estación lo antes posible una vez notificado para la toma de la muestra. Se contemplan determinadas circunstancias, siguiendo la premisa de presentarse en la ECD a la brevedad posible. Lo escoltará en todo momento su Oficial Notificador o el OCD a cargo del control.
  4. Selección del kit de toma de muestras. Tiene la opción de elegir un equipo de toma de muestra precintado por separado.
  5. Recogida de la muestra. Se le solicitará que suministre una muestra en presencia del OCD, recordando que se debe garantizar la visualización de la micción del cuerpo del atleta. En el caso de que sea se solicite una muestra de sangre, la extracción será llevada a cabo por personal idóneo o BCO.
  6. Volumen de orina. Se requiere un mínimo de 90 ml para todas las muestras.
  7. División de la muestra. La muestra se dividirá en un recipiente A y un recipiente B. Pudiendo existir muestras parciales y muestras adicionales, según el caso.
  8. Precintado de las muestras. Se deberán sellar los recipientes A y B según las instrucciones del OCD como así también todas las muestras parciales o adicionales obtenidas.
  9. Medición de densidad relativa. El OCD medirá la densidad relativa de la muestra para asegurarse de que no esté demasiado diluida para ser analizada. Procedimiento que se realiza una vez cerradas las muestras A y B.
  10. Cumplimentación del Formulario de control de dopaje (FCD). El deportista deberá confirmar que toda la información del formulario de control antidopaje sea correcta, incluido el código de identificación de la muestra, datos personales y todos los casilleros que conforman el FCD. Recibirá una copia. En el mismo o en otro Formulario específico para tal fin, tiene derecho a anotar comentarios e inquietudes sobre cómo se ha realizado la sesión de control de dopaje.
  11. El proceso de laboratorio. Todas las muestras se envían a laboratorios acreditados por AMA para su análisis correspondiente.

CONSECUENCIAS DEL DOPAJE

La principal consecuencia es que puede verse afectada la salud e incluso la vida del deportista al utilizar sustancias o métodos de manera incorrecta.
Otra consecuencia son las sanciones que dependen de la sustancia y del tipo de violación de las reglas antidopaje.
En general la sanción standard para una violación de las reglas antidopaje
es de 4 años, que puede ser reducida o ampliada dependiendo de las circunstancias personales de cada caso.
También se le podrá aplicar lo que sigue como resultado de haber cometido una violación de las reglas

• Ser catalogado como tramposo.
• Perdida de punto o descalificación.
• Que su reputación se vea empañada.
• Perder el respeto de sus pares o compañeros.
• Pérdida de prestigio en su comunidad local.
• Pérdida de contratos o potenciales contratos.
• Pérdida de sponsors.
• Puede dificultar sus oportunidades de empleo.
• Aislamiento.
• Multas económicas.

LISTA DE SUSTANCIAS PROHIBIDAS

Desde el año 2004, y según lo dispuesto por el Código Mundial Antidopaje, la AMA publica una lista anual de sustancias y métodos prohibidos (Lista). La Lista identifica las sustancias y métodos prohibidos dentro y fuera de competencia y, en determinados deportes. Las sustancias y métodos en la Lista están clasificados en diferentes categorías (por ejemplo, esteroides, estimulantes, el dopaje genético).

Lista de Sustancias y Métodos prohibidos

La Lista se aplica a los deportistas dentro y fuera de competencia. AMA actualiza la Lista anualmente y se publica la versión más actualizada en su página Web. La lista entra en vigor tres (3) meses después de su publicación por dicha agencia, sin requerir ninguna acción adicional.

¿Qué debo hacer si estoy lesionado o enfermo y tengo que tomar un
medicamento que figura en la Lista de Sustancias Prohibidas?

Debes solicitar una Autorización de Uso Terapéutico (AUT). Si el atleta compite a nivel nacional, en caso que desee solicitar una AUT a la CNAD deberá completar el formulario y adjuntar la documentación clínica solicitada en formato PDF y enviarla a la siguiente dirección de mail aut@cnad.gob.ar. Si compite a nivel internacional la Federación Internacional correspondiente o el organizador de gran evento (por ejemplo, JJOO)

¿Qué es una «Autorización de Uso Terapéutico?

Es una autorización o permiso que permite la presencia de una Sustancia Prohibida en una Muestra de un Atleta y el Uso o el intento de Uso, la Posesión y/o la Administración o el intento de Administración de Sustancias o Métodos Prohibidos por razones terapéuticas
Recordá, antes de tomar o recetar medicamentos, suplementos o cualquier producto similar, se debe consultar:

* El  buscador de mediamentos de la CNAD.
*Al Servicio de Educación Antidopaje del CARD
*Al medico deportologo de confianza.
* La Lista de prohibiciones (Código Mundial Antidopaje)
* A la Comisión Nacional Antidopaje en info@cnad.gob.ar
* A la Federación Internacional correspondiente en cada caso