La Provincia de Córdoba extiende los beneficios de exención y diferimiento de impuestos provinciales y de servicio de energía eléctrica, otorgados a sectores afectados por la pandemia, entre ellos clubes, gimnasios y natatorios.
Las exenciones en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos se prorrogan hasta el mes de noviembre del 2021.
De este modo, los sectores afectados por la pandemia a los que se les había diferido el pago de sus tributos hasta el 30 de septiembre de 2021, se les procede a extender la fecha de ingreso de los mismos hasta el 30 de noviembre de 2021. Siendo los sectores incluidos, los siguientes:
- Hospedajes – Alojamiento.
- Agencias de viaje, Servicios de turismo aventura, Servicios complementarios de apoyo turístico.
- Transporte turístico de pasajeros.
- Servicios de organización de convenciones y exposiciones, Servicios de Espectáculos Artísticos, Museos, Zoológicos, Servicios culturales, Parque de diversiones, Servicios de entretenimientos.
- Salones de Fiesta, Cines, Autocines y Centros culturales, Salones de Baile, Salones de Juego, Bares Confiterías y Restaurant, Gimnasios, Natatorios y Canchas, Escuelas de Danza, Canto y Teatro, Enseñanza de Gimnasia, deportes y actividades físicas, academias de idiomas y Centros de Formación profesional.
- Servicios de Fast Food y locales de ventas de comidas y bebidas al paso.
Al mismo tiempo, se amplía la exención al resto de las cuotas del año 2021 del Impuesto Inmobiliario y a la Propiedad Automotor que vencen hasta el mes de noviembre 2021, a los siguientes sectores:
- Hospedajes – Alojamiento.
- Agencias de viaje, Servicios de turismo aventura, Servicios complementarios de apoyo turístico.
- Servicios de organización de convenciones y exposiciones, Servicios de Espectáculos Artísticos, Museos, Zoológicos, Servicios culturales, Parque de diversiones, Servicios de entretenimientos.
Por su parte, la Empresa Provincial de Energía de Córdoba también prorroga a los consumos efectuados hasta el 30 de noviembre del corriente año, el beneficio que había otorgado a sus clientes incluidos en la Tarifa 3 (Grandes Consumos) y que desarrollen algunas de las actividades detalladas a continuación. Dicho Beneficio consiste en la facturación de la potencia registrada independientemente de la que tengan contratada. Para acceder al mismo, los usuarios alcanzados deberán acreditar una merma en el consumo de energía eléctrica superior al 30% con relación a igual mes del año 2019.
Las actividades incluidas son:
- Hoteles y cabañas.
- Salones de fiestas, exposiciones y convenciones.
- Cines, autocines, teatros, centros culturales y museos.
- Universidades, institutos, colegios, guarderías y academias.
- Clubes, gimnasios, canchas y natatorios.
- Parques recreativos, zoológicos.
- Agencias de viaje y turismo.
- Transporte (salvo para los casos expresamente autorizados).
- Bares y restaurantes.
De este modo el Gobierno de la Provincia de Córdoba continúa apoyando a los sectores más afectados en esta pandemia de COVID-19.